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Terrenos: propiedad privada, ejidal y comunal. Qué revisar antes de pagar

En el sur de Tamaulipas conviven terrenos con escritura, parcelas ejidales y tierras de uso común. Desde la calle se ven iguales, pero se compran de forma muy distinta. Esta guía explica cómo reconocerlos y qué revisar antes de pagar.

01Tres regímenes, tres reglas

Resumen; la notaría o un abogado agrario confirman cada caso
RégimenDocumento que lo amparaQuién puede comprarDónde se inscribe
Propiedad privadaEscritura públicaCualquier persona (con las reglas para extranjeros en zona costera)Registro Público de la Propiedad
Parcela ejidal sin dominio plenoCertificado parcelarioSólo ejidatarios o avecindados del mismo núcleo (Ley Agraria, art. 80)Registro Agrario Nacional (RAN)
Parcela con dominio plenoTítulo de propiedad expedido por el RANCualquier persona, respetando el derecho del tanto en la primera venta (art. 84)Registro Público de la Propiedad
Tierras de uso común o comunalesNo hay título individualPor regla general no se venden como lote: la ley las protege como inalienables (arts. 74 y 99)—

02Cómo saber qué estás comprando

Pide el documento, no la explicación. Una escritura se revisa en el Registro Público de la Propiedad (en Tamaulipas, el Instituto Registral y Catastral del Estado); un certificado parcelario, en el Registro Agrario Nacional.

03Si es ejidal: el camino del dominio pleno

Una parcela ejidal puede convertirse en propiedad privada. La Ley Agraria fija el camino:

  1. PASO 01Resolución de la asambleaCuando la mayor parte de las parcelas ya están delimitadas y asignadas, la asamblea ejidal —con las formalidades especiales que marca la ley— puede autorizar que los ejidatarios adopten el dominio pleno (art. 81).
  2. PASO 02Solicitud al RANCada ejidatario interesado pide al Registro Agrario Nacional que dé de baja su parcela; el RAN expide un título de propiedad (art. 82).
  3. PASO 03Inscripción en el Registro PúblicoEl título se inscribe en el Registro Público de la Propiedad. Desde ese momento la tierra deja de ser ejidal y se rige por el derecho común.
  4. PASO 04Primera ventaEn la primera enajenación tienen derecho del tanto, en ese orden, los familiares del enajenante, quienes hayan trabajado la parcela por más de un año, los ejidatarios, los avecindados y el núcleo de población, con 30 días naturales para ejercerlo (art. 84).

04Lo que hay que revisar en cualquier terreno

  • Medidas y colindancias: que la escritura coincida con lo que hay en el sitio. Un levantamiento topográfico evita sorpresas.
  • Uso de suelo: la constancia municipal dice si es habitacional, comercial, industrial o mixto, y qué se puede construir.
  • Servicios: agua, drenaje y luz. Si no llegan, pregunta por la factibilidad y su costo.
  • Zona baja o de relleno: Tampico y Madero tienen zonas bajas cerca de lagunas y del río Pánuco; un terreno que se anega puede necesitar relleno antes de construir.
  • Gravámenes y adeudos: certificado de libertad de gravamen y predial al corriente.
  • Acceso: que el lote dé a una calle pública o a una servidumbre reconocida.
  • Si es un fraccionamiento: que el fraccionamiento esté autorizado.

05Antes de dar un anticipo

  1. Ten en la mano el documento que acredita el régimen (escritura o título; certificado parcelario si es ejidal).
  2. Confirma en el registro correspondiente que el vendedor es el titular y que no hay gravámenes.
  3. Revisa el uso de suelo y los servicios.
  4. Firma un recibo o contrato que diga a qué terreno corresponde el anticipo y en qué casos se devuelve.

Preguntas frecuentes

¿Puedo construir en un terreno ejidal?

Construir no cambia el régimen: una casa sobre una parcela ejidal sigue estando en tierra ejidal hasta que se adopta el dominio pleno y se obtiene el título inscrito.

¿Qué es el RAN?

El Registro Agrario Nacional: inscribe los derechos sobre tierras ejidales y comunales y expide certificados y títulos.

¿Un banco presta para comprar un terreno ejidal?

Por lo general no: los créditos hipotecarios se otorgan sobre inmuebles con escritura inscrita en el Registro Público de la Propiedad.

¿Tienes un caso concreto?

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